Prescripción de las multas o comparendos de tránsito

Prescripción de las multas o comparendos de tránsito



Las multas o comparendos de tránsito prescriben a los 3 años de haberse impuesto considerando que esa prescripción se puede interrumpir con el mandamiento de pago.

Término de prescripción de las multas el código de tránsito.

Las multas o comparendos de tránsito que los infractores no paguen voluntariamente pueden ser cobradas coactivamente por la autoridad de tránsito respectiva, pero ese cobro coactivo debe hacerse dentro de la oportunidad legal dispuesta en el inciso 2 del artículo 159 del código nacional de tránsito o ley 769 de 2002:

«Las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en tres (3) años contados a partir de la ocurrencia del hecho; la prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpirá con la notificación del mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción.»

Es decir que la autoridad de tránsito o secretaría de movilidad del sitio donde ocurrió la infracción cuenta con 3 años para hacer el cobro de las multas o comparendos de tránsito.

Esto significa que el mandamiento de pago debe notificarse antes de que transcurran los 3 años.

Interrupción del término de prescripción de las multas de tránsito.

El término de tres años para que prescriba la acción de cobro de las multas o comparendos de tránsito se interrumpe cuando se notifica el mandamiento de pago según se advierte en el artículo 159 de la ley 769 de 2002.

Esto significa que los 3 años de prescripción inician a contar de nuevo, desde cero, siempre que el mandamiento de pago se notifique antes de que haya prescrito la multa o comparendo.

Supongamos un comparendo que se expidió el 15 de enero de 2017. La acción de cobro prescribe el 15 de enero de 2020.

Supongamos que el mandamiento de pago se notificó el 20 de julio de 2019. En tal caso los 3 años de prescripción inician a correr el 21 de julio de 2019 de modo que la cobro del comparendo prescribe el 21 de julio de 2022. Si a esa fecha no se hace efectivo el cobro, la acción de cobro prescribe definitivamente así este en proceso el cobro coactivo, pues la totalidad del trámite se debe realizar antes de que prescriba la acción.
Notificación del mandamiento de pago de las multas de tránsito.

Vimos que el mandamiento de pago interrumpe la prescripción al ser notificado, y esa notificación debe hacerse antes de que prescriba la multa o el comparendo, por lo tanto la notificación es relevante en esta parte del proceso de cobro administrativo.



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